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Índice
- 1 ¿Qué es la Convocatoria ARP/1258/2026 de biogás en Cataluña?
- 2 ¿Quién puede solicitar estas ayudas?
- 3
- 4 ¿Qué actuaciones financia la convocatoria?
- 5 Criterios de valoración: qué puntúa más
- 6 Cómo puede ayudarte SITRA en todo el proceso
- 7 Preguntas frecuentes
- 7.1 ¿Puede solicitarse la subvención si ya tengo una planta de biogás en funcionamiento?
- 7.2 ¿Qué pasa si no tengo la licencia ambiental cuando presento la solicitud?
- 7.3 ¿El equipo de upgrading a biometano está subvencionado?
- 7.4 ¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto una vez concedida la ayuda?
- 7.5 ¿Pueden pequeños ganaderos acceder a esta convocatoria o está pensada solo para grandes empresas?
La Generalitat de Cataluña acaba de abrir una convocatoria de subvenciones para la mejora y optimización de instalaciones de biogás y el tratamiento de los digeridos resultantes. Con un presupuesto total de 25 millones de euros y un plazo de solicitud que cierra el 29 de junio de 2026, esta convocatoria representa una oportunidad real para ganaderos, industrias agroalimentarias y gestores de residuos orgánicos que quieran dar el paso hacia la valorización energética de sus residuos.
En este artículo te explicamos qué cubre exactamente la ayuda, quién puede solicitarla, cómo se valoran las solicitudes y qué pasos dar para no quedarte fuera del plazo.
¿Qué es la Convocatoria ARP/1258/2026 de biogás en Cataluña?
La convocatoria, publicada bajo las bases ACC/250/2023 y la convocatoria ARP/1258/2026, tiene como objeto subvencionar la construcción de instalaciones de plantas de biogás y el tratamiento del digerido producido en esas plantas.
Los datos clave son:
- Presupuesto total: 25.000.000 €
- Plazo de presentación de solicitudes: del 29 de abril al 29 de junio de 2026
- Plazo máximo de ejecución: hasta el 30 de junio de 2028
- Tipo de ayuda: subvención en régimen de concurrencia competitiva (se valoran y comparan todas las solicitudes)
- No es una ayuda de mínimos, lo que amplía las posibilidades para empresas que ya han agotado otros límites de ayudas públicas
El biogás se produce a partir de la digestión anaerobia de materia orgánica: excrementos de ganado, restos de cultivos, residuos de industrias agroalimentarias, fracción orgánica municipal (FORM) y subproductos animales. El resultado es energía renovable y un digerido que, bien tratado, puede convertirse en fertilizante.
¿Quién puede solicitar estas ayudas?
Pueden ser beneficiarios de la convocatoria:
- Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública
- Agrupaciones y comunidades de bienes sin personalidad jurídica
- Consorcios y colaboraciones público-privadas
Lo determinante no es la forma jurídica, sino la actividad. La convocatoria está dirigida a quienes traten excrementos de ganado mezclados con otros co-sustratos orgánicos para transformarlos en biogás, o a quienes quieran tratar el digerido resultante.
En la práctica, los perfiles más relevantes son:
- Ganaderos con grandes volúmenes de deyecciones (purines, estiércol), especialmente en zonas con alta carga ganadera como las que existen en Cataluña
- Industrias agroalimentarias con residuos orgánicos susceptibles de ser co-digeridos
- Gestores de residuos orgánicos y plantas que trabajen con FORM procedente de recogida selectiva
- Plantas de biogás ya existentes que funcionan pero no tienen instalado un sistema de tratamiento del digerido
Un requisito técnico importante: el proyecto debe incluir al menos un 50% de excrementos ganaderos en el mix de co-sustratos para acceder a la Actuación 1.
¿Qué actuaciones financia la convocatoria?
La convocatoria se divide en dos líneas de actuación independientes pero complementarias. Se pueden solicitar ambas en el mismo proyecto.
Actuación 1 — Mejora y ampliación de instalaciones de biogás (hasta 3,5M€)
Financia la optimización y ampliación de instalaciones existentes para la producción de biogás. Los conceptos subvencionables incluyen:
- Sistema de almacenamiento de co-sustratos (materiales vegetales, purines, etc.)
- Sistema de pretratamiento de los co-sustratos
- Depósito de mezcla
- Digestores e instalación de elementos de seguridad
- Sistemas de tuberías, válvulas y bombas
- Sistemas de medición y control
- Gasómetro
- Instalaciones de aprovechamiento energético del biogás (caldera o motor de cogeneración)
- Sistema de almacenamiento de digeridos cubierto para evitar emisiones de amoniaco
El porcentaje máximo subvencionable es del 35% del presupuesto elegible, que puede aumentar un 10% adicional si parte del biogás se suministra a comunidades energéticas, redes aisladas de gas, flotas de vehículos cautivas o industrias.
Actuación 2 — Instalaciones de tratamiento del digerido (hasta 1M€)
Financia el tratamiento del digerido producido en plantas de biogás, tanto nuevas (subvencionadas por la Actuación 1) como existentes. Los conceptos subvencionables son:
- Separación de la fracción sólida y la fracción líquida del digerido
- Compostaje
- Secado
- Desorción (stripping) y absorción
- Separación por membranas: ultrafiltración y ósmosis inversa
El porcentaje máximo subvencionable es del 40% del presupuesto elegible, con una bonificación adicional del 5% si la inversión se localiza en una zona asistida.
Bonificaciones adicionales por tamaño de empresa
En ambas actuaciones, el porcentaje subvencionable puede aumentar:
- +20% para pequeñas empresas
- +10% para medianas empresas
Esto significa que una pequeña empresa que solicite ambas actuaciones puede llegar a subvencionar hasta el 55% de su inversión, con un importe máximo total de 4,5 millones de euros.
Criterios de valoración: qué puntúa más
La convocatoria funciona por concurrencia competitiva, lo que significa que todas las solicitudes compiten entre sí y se ordenan por puntuación. Conocer los criterios permite autoevaluar la posición antes de presentar:
| Criterio | Puntos |
|---|---|
| Porcentaje de deyecciones ganaderas superior al 60% en peso | 10 pts |
| Licencia ambiental iniciada antes de la solicitud | 10 pts |
| Proyecto conjunto que incluye Actuación 1 y Actuación 2 | 10 pts |
| Condición de pequeña empresa | 10 pts |
| Ubicación en zona vulnerable a la contaminación por nitratos | 5 pts |
| Suministro frecuente de purín (contrato o compromiso acreditado) | 5 pts |
Puntuación máxima: 50 puntos. Un proyecto que combine ambas actuaciones, sea de una pequeña empresa, tenga más del 60% de deyecciones ganaderas y cuente con la licencia ambiental en trámite puede acercarse al máximo sin demasiada dificultad si la situación real lo permite.
Cómo puede ayudarte SITRA en todo el proceso
En SITRA llevamos años diseñando, construyendo y operando plantas de biogás y sistemas de tratamiento de digeridos. Esa experiencia acumulada en todo el ciclo — desde la ingeniería hasta la operación y el mantenimiento — es lo que nos da la autoridad técnica para asesorarte sobre cómo optimizar tu instalación y aprovechar al máximo esta convocatoria.
Lo que hacemos en cada fase:
Análisis previo y orientación Estudiamos tu situación actual: volúmenes de residuos disponibles, infraestructura existente, ubicación y perfil de empresa. Con esa información te decimos qué actuaciones encajan, qué presupuesto es razonable y qué puntuación aproximada tendría tu solicitud en los criterios de valoración.
Ingeniería y documentación técnica: Te ayudamos a preparar toda la documentación técnica necesaria para la solicitud: planos, detalles constructivos, cálculos y justificación de los conceptos subvencionables. Todo el material orientado para que un técnico independiente lo valide y firme. Una solicitud bien documentada técnicamente es uno de los factores que más diferencia unos proyectos de otros en una convocatoria competitiva.
SITRA cubre todos los conceptos subvencionables de ambas actuaciones. En la parte de medición y control, contamos con el WIM, nuestra herramienta propia de automatización y control de procesos. WIM monitoriza en tiempo real el rendimiento de la instalación, automatiza los procesos clave y permite reducir costes operativos y anticipar incidencias — todo desde una plataforma centralizada. Para el resto de conceptos subvencionables:
- Optimización de digestores y sistemas de almacenamiento
- Instalación y mejora de sistemas de pretratamiento
- Líneas completas de tratamiento del digerido: separación de fases, membranas, stripping, secado
Acompañamiento durante la ejecución Una vez concedida la ayuda, somos la misma empresa que ejecuta la instalación. No hay cambio de interlocutor, no hay coordinación entre consultora y constructora. El equipo que te ha orientado en la solicitud es el mismo que ejecuta las mejoras.
Si quieres saber si tu empresa puede beneficiarse de esta convocatoria y cómo maximizar el importe que puedes conseguir, agenda una asesoría gratuita con nuestro equipo. En 30 minutos te damos una valoración concreta.
→ Solicita tu asesoría gratuita.
La solicitud cierra el 29 de junio de 2026. Si necesitas tiempo para preparar documentación técnica, empieza cuanto antes.
Preguntas frecuentes
¿Puede solicitarse la subvención si ya tengo una planta de biogás en funcionamiento?
Sí. La Actuación 2, destinada al tratamiento del digerido, está abierta tanto a plantas nuevas (subvencionadas en la misma convocatoria por la Actuación 1) como a plantas de biogás ya existentes que quieran añadir o mejorar su sistema de tratamiento del digerido. Si tu planta ya produce biogás pero no trata adecuadamente el digerido resultante, esta es precisamente la actuación pensada para ti.
¿Qué pasa si no tengo la licencia ambiental cuando presento la solicitud?
Puedes presentar la solicitud sin tener la licencia ambiental concedida. Sin embargo, tenerla iniciada (es decir, haber solicitado el trámite antes de la fecha de presentación) te otorga 10 puntos adicionales en los criterios de valoración, lo que puede ser determinante en una convocatoria competitiva. Si aún no la has iniciado, es uno de los primeros pasos que conviene dar.
¿El equipo de upgrading a biometano está subvencionado?
No. Los equipos de upgrading para transformar biogás en biometano están expresamente excluidos de los conceptos subvencionables de la Actuación 1. La convocatoria financia el aprovechamiento del biogás en forma de energía eléctrica o calorífica (caldera, motor de cogeneración), no la purificación para inyección en red.
¿Cuánto tiempo tengo para ejecutar el proyecto una vez concedida la ayuda?
El plazo máximo para ejecutar las actuaciones y presentar la justificación es de dos años a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, hasta el 30 de junio de 2028. Es un plazo razonable para proyectos de esta envergadura, pero conviene planificar bien los tiempos de ingeniería, licitación y construcción desde el principio.
¿Pueden pequeños ganaderos acceder a esta convocatoria o está pensada solo para grandes empresas?
La convocatoria no establece un tamaño mínimo de empresa. De hecho, las pequeñas empresas tienen una bonificación de hasta 20 puntos porcentuales adicionales sobre el porcentaje subvencionable, lo que las sitúa en una posición ventajosa respecto a las grandes. También pueden presentarse agrupaciones y comunidades de bienes, lo que abre la puerta a proyectos cooperativos entre varios ganaderos de una misma zona que quieran compartir una planta de biogás común.

